La
Oficina Municipal de Información al Consumidor, a cargo de Romina Suárez, comunica
que a partir de la nueva Resolución Nº 316/2018 de la Secretaría de Comercio las
empresas de telefonía, internet y cable deberán facilitar la baja del servicio.
Con esta nueva normativa, las
compañías de teléfono, Internet y cable deben tener visible en sus páginas web
un link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio
contratado, en los términos de la ley de defensa del consumidor.
La baja deberá resolverse en 24
horas, momento en el que el proveedor deberá informar al consumidor el número
de código de identificación de la baja.
Además deberán establecer un horario
de atención de consultas o reclamos que no puede ser inferior a los días y
horarios en que operen comercialmente.
Además, la norma enfatiza que cuando la
contratación haya sido realizada a distancia (por teléfono o por web, por
ejemplo) podrá darse de baja de la misma manera y otorga a las empresas
2 meses para adecuarse a esta nueva normativa.
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